La declaración del nacimiento, debe ser realizada por el padre o la madre de la criatura y debe hacerse en la oficialía del estado civil correspondiente a la zona donde pertenezca la clínica u hospital donde haya nacido el bebé.
Los documentos que necesitarás para estos fines son:
Declaración oportuna
1.- Papel de la clínica u hospital, firmado y sellado
2.- Copia de las cédulas del padre y la madre
3.- Acta de matrimonio original, si son casados (el acta de matrimonio debe de tener menos de 6 meses de expedición
4.- La declaración no tiene ningún costo
5.- RD$100.00 el costo de cada acta de nacimiento
Declaración tardía
1.- Papel de la clínica u hospital, firmado y sellado. (Una copia)
2.- Copia de las cédulas del padre y la madre (dos copias)
3.- Acta de matrimonio original, si son casados (el acta de matrimonio debe de tener menos de 6 meses de expedición)
4.- La declaración no tiene ningún costo
Nota: Las declaraciones tardías deben de ser ratificadas por sentencias por lo tanto las actas no pueden ser entregadas hasta después de su ratificación esto es un tiempo aproximado de 60 días laborables.
En ambos casos, es importante revisar cuidadosamente que en el papel de la clínica u hospital, el nombre que se le desea poner a la criatura esté correctamente escrito, así como los apellidos de los padres, para evitar errores que luego son muy molestos de corregir. Cuando te entreguen el acta, ten pendiente revisar otra vez; es mejor tomarse un poco de tiempo ahora y no muchas horas posteriormente.